3 julio, 2026•By Adalberto Villasana Miranda
Revoca Tribunal de Disciplina Judicial resolución del Órgano de Investigación de Responsabilidades Administrativas y ordena iniciar la investigación correspondiente.
Por Manuel Olmos López
Ciudad de México, 3 de julio de 2026. – El Pleno del Tribunal de Disciplina Judicial del Poder Judicial de la Ciudad de México resolvió un recurso de inconformidad presentado en contra de un acuerdo emitido en octubre de 2025, por el entonces Titular del Órgano de Investigación de Responsabilidades Administrativas, mediante el cual se determinó tener por no interpuesta una queja, ordenando el archivo del asunto como concluido.
Al analizar el caso, el Pleno advirtió que la autoridad investigadora inicialmente requirió pruebas en términos generales y posteriormente, al valorar el desahogo de prevención, consideró que dicho requerimiento no fue atendido por la falta de documentales específicas que no habían sido previamente solicitadas a la parte recurrente, por lo que el Pleno observó que el acuerdo emitido por la autoridad investigadora resultó incongruente; tomando en cuenta que desde su escrito inicial la persona sí presentó diversas pruebas y solicitó que otras constancias fueran requeridas directamente al órgano jurisdiccional que las tenía bajo su resguardo.
El Tribunal determinó que dicha actuación impuso una carga desproporcionada e injustificada a la persona promovente, vulnerando su derecho de acceso a la justicia y el principio de seguridad jurídica, concluyendo que el acuerdo impugnado careció de fundamentación y se adolece de una incorrecta motivación, pues no precisó las disposiciones legales aplicables ni justificó de manera congruente las razones que sustentaron la determinación adoptada.
Por unanimidad de votos de las Magistraturas presentes, se revocó la resolución dictada por el entonces titular del Órgano de Responsabilidades Administrativas. Aunado a ello, del análisis del asunto, se advirtió que el entonces Titular del Órgano de Investigación de Responsabilidades Administrativas, no admitió el recurso de inconformidad, a pesar de no contar con las facultades legales para hacerlo. En consecuencia, el Pleno estimó procedente dar intervención a la autoridad competente para que determine lo que en derecho corresponda. El Tribunal de Disciplina Judicial reiteró que la revisión y corrección de actuaciones irregulares constituye una herramienta fundamental para fortalecer la impartición de justicia y garantizar el adecuado ejercicio jurisdiccional. Asimismo, reafirmó su compromiso institucional de no tolerar actos de impunidad, particularmente cuando estos pudieran darse al interior de la propia institución.
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